En consecuencia, este Tribunal Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada en los términos y condiciones en que ha sido convenida entre YRAEL JESÚS MEJÍAS y la empresa NAUTICLUB, C.A., a través de su representantes judiciales, otorgándole a la misma LOS EFECTOS DE LA COSA JUZGADA y da por terminado el presente juicio; asimismo este Juzgado, por haberlo solicitado así las partes, se abstiene de designar los expertos para el cálculo de la indexación o corrección monetaria e intereses moratorios de la suma condenada a pagar en la sentencia definitiva; en igual forma se acuerda hacer entrega al apoderado de la parte actora del cheque Nº 11149001 girado contra la cuenta corriente Nº 0134-0262-11-2623024205, de Banesco, por el monto de Bs. 2.834.735,25, consignado en autos por diligencia de la parte demandada de fecha 31 de enero de 2.005, el cual contiene el primer p.....