En consecuencia, este Tribunal de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda CONCEDER la LIBERTAD CONDICIONAL al penado DANIEL ALEJANDRO ALVAREZ MARCANO, INDOCUMENTADO, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació en fecha 24 de Abril de 1.970, de 30 años de edad, soltero, comerciante, hijo de DANIEL ALVAREZ y de JUSTA MARCANO, y residenciado en La Orquídea Nº 04. Barcelona, Estado Anzoátegui; bajo las condiciones que mas adelante serán señaladas. Y así se decide.
•Presentarse al Tribunal el día Lunes 20-02-2006.
•No consumir bebidas alcohólicas, ni sustancias estupefacientes o psicotrópicas.
•Realizar en tiempo libre y sin fines de lucro un trabajo comunitario de interés social.
•Señalar una dirección donde pueda ser localizado para cualquier circunstancia.
•No frecuentar lugares donde se expida bebidas .....