En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Primero de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INACTIVIDAD PROCESAL, en la presente demanda de CUSTODIA, presentados por la Fiscal Quinta Auxiliar Especial Para La Protección De Niños, Niñas, Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares Del Ministerio Publico De Esta Circunscripción Judicial, Abogada MARY CARMEN BATISTA MORALES, a requerimiento del ciudadano DANNYS JOSE MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.526.090, domiciliado en: Callejón Negro Primero, Casa GV-001, Sector Manuelita Sáez, Barrio El Viñedo, Barcelona, Estado Anzoátegui, teléfono: 0426-8410380, en contra de la ciudadana YOHANNA VANESSA ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N.....