Con vista de las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción por cobro de indemnizaciones provenientes de accidente de trabajo, daño moral, lucro cesante y otros conceptos laborales, incoada por los ciudadanos MARIA DEL CARMEN CENTENO DE ALFONZO, ROSIBEL DEL VALLE ALFONZO CENTENO, MARIA JOSE ALFONZO CENTENO y ARGENIS ALFONZO CENTENO., en contra de la empresa SADE INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES, S.A,, en consecuencia se condena a la empresa demandada al pago de la suma de CUARENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO BOLIBARES CON VEINTICINCO CENTIMOS ( Bs.41.699.835,25), sin perjuicio de los montos que surjan de la practica de la experticia complementaria del fallo acordada en esta sentencia.