se declara las presentes actuaciones suficientes para asegurarles a los ciudadanos AMARILIS CONCEPCIÓN MOYA DE VILLAFRANCA, ADRIANA VILLAFRANCA MOYA y CARLOS ENRIQUE VILLAFRANCA MOYA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.315.120, V-19.495.682 y V-22.571.064, su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS