Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1 del artículo 91 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de vivienda, declara CON LUGAR la demanda por DESALOJO, incoada por los ciudadanos ORLANDO FELIPE AYALA RODRÍGUEZ Y ALBA MARINA HERNÁNDEZ DE AYALA, debidamente asistidos por la abogado en ejercicio ROSMARY MAYZ COA, en contra del ciudadano CARLOS RAFAEL OLIVARES, todos plenamente identificados en el cuerpo de la presente decisión.- En consecuencia, se ordena al prenombrado ciudadano entregarle a la parte actora, libre de bienes y personas, el inmueble ubicado en la Urbanización Mi Rincón Country Clu.....