Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano: JOSE LUIS FARIAS RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.747.002, contra la entidad de trabajo PETREX SUDAMERICA SUCURSAL VENEZUELA S.A. por motivo del COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS reclamados. SEGUNDO: Se condena a la demandada sociedad mercantil entidad de trabajo PETREX SUDAMERICA SUCURSAL VENEZUELA S.A. a pagar al demandante ciudadano JOSE LUIS FARIAS RODORIGUEZ, antes identificado las sumas de dinero establecidas, por concepto de pago de DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES y DEMAS CONCEPTOS LABORALES determinados precedentemente en la parte motiva del presente fallo, mas.....