Este Juzgado Primero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, y por ende, la extinción de la Acción Penal por prescripción, seguida a los ciudadanos DIAZ JOSE ANGEL, Venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, mayor de Edad, residenciado en el Sector III, Vereda 24, casa Nro. 26, Tronconal III, portador de la cedula de identidad, 6.810.734; BARBOZA TAYLOR LANDIMAR DEL VALLE, venezolano, Mayor de Edad, Natural de Puerto La Cruz, residenciada en el Sector I, casa Nro 03-2, Frente al Liceo Calatraval, Sector Las Casitas, portador de la Cedula de Identidad Nro 16.718.323 y CARMEN PERELTA IVANA ELIZABETH, Venezolana, mayor edad, natural de Puerto La Cruz, residenciado en la Avenida Principal, Valle la Carmelita, portador de la cedula de identidad Nro 8.307.666, por la presunta comisión del del.....