Este Tribunal de Juicio Nº 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, actuando como Tribunal Unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, ABSUELVE al acusado ELIUD DANIEL CARRIZALES ALFARO, antes identificado, por la comisión del delito de ROBO GENERICO, sancionado en el artículo 457 del Código Penal, cometido en detrimento de la ciudadana NANCY MARTINEZ, de conformidad con lo consagrado en el artículo 366 Código Orgánico Procesal Penal. No se condena en Costas al Estado Venezolano, en virtud del principio de gratuidad de la justicia, tal como lo prevén los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela..
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Audiencias Nº 03 del Palacio de Justicia de Barcelona, Estado Anzoátegui, en el día de hoy, miércoles 14 de Mayo de 2008, siendo las nueve de la mañana.
Se ordena el cese de cualquier medida de coerción pers.....