Se dictó Sentencia Interlocutoria, declarando INADMISIBLE IN LIMINI LITIS la Acción de Amparo Constitucional presentada por el abogado MARCOS MAESTRE GUADA, en su carácter de apoderado judicial de la empresa GOVAL C.A., en contra de la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad El Tigre de fecha 10 de Abril del año 2008.