En base a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente incidencia de oposición de tercero a la medida ejecutiva decretada por este Juzgado en fecha 31 de marzo de 2025, y ejecuta por el Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en consecuencia, se ordena librar oficio a la entidad Bancaria Banco Provincial S.A., a los fines que desbloque de forma inmediata las cantidades de dinerarias embargas a la Sociedad Mercantil "CHEVRON GLOBAL TECHNOLOGY SERVICES COMPANY", así como cualquier prohibición que haya recaído sobre las cuentas pertenecientes a la Soc.....