DISPOSITIVA
Con fundamento a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, CON SEDE EN GUANTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil vigente, declara: CON LUGAR la presente Demanda de Cumplimiento de Prorroga Legal de Contrato de Arrendamiento interpuesta por los Ciudadanos LUIS QUERECUTO y NEYLAMAR HERNANDEZ DE QUERECUTO, contra el Ciudadano EDWIN HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.381.805, y en consecuencia los Ciudadanos LUIS QUERECUTO y NEYLAMAR HERNANDEZ DE QUERECUTO, deberán permanecer en su condición de Arrendadores del inmueble objeto de la presente controversia, constituido por un Apartamento ubicado en la Urbanización los Cocalitos de Guanta identificado con el Nro. 003 del Bloque 2, Edificio 2, P.....