PRIMERO: De la misma forma y de conformidad con lo establecido en el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal y en aplicación de la sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de la fecha 8 de Abril de 2005, en donde ordena la Suspensión de la aplicación del 493 del Código Orgánico Procesal Penal, se especifican las fechas a partir de las cuales el penado podrá solicitar los beneficios que establece la Ley:
A. DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena impuesta, la cual se cumple el día 15-06-2.007.
B. RÉGIMEN ABIERTO: al cumplir (1/3), le fue revocado en fecha 15-04-2.008.
C. LIBERTAD CONDICIONAL: Que corresponde al haber cumplido las dos terceras partes (2/3) de la pena, la cual la cumple en fecha 11-09-2.011.
D. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas partes (3/4) de la pena, la cual la cumple en fecha 11-07-2.012.
SEGUNDO: Igualme.....