este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones bastantes para asegurarles sus condiciones de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del "de cujus" MAXIMIANO RAFAEL NAVARRETE GUEVARA, a los ciudadanos ALEXANDER RAFAEL y HANGERALDINE MARIBEL NAVARRETE GARCIA en su condición de hijos del "de cujus" antes mencionado, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.-