Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar el Cobro de Bolívares, interpuesto por la Sociedad Mercantil "ASOCIACIÓN COOPERATIVA ATCOM, R.L.", ya identificada, contra la Alcaldía del Municipio Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costa, en razón de la naturaleza del presente fallo.
TERCERO: Notifíquese a las partes de la presente decisión.