Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: INADMISIBLE el presente Recurso de Hecho, interpuesto por el abogado en ejercicio NELSON PARRA GIMENEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 87.102, contra auto de fecha catorce (14) de mayo de 2024, dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, a cargo de la ciudadana Juez, Abg. JULIMAR LUCIANI MOSQUEDA, mediante el cual NIEGA OIR LA APELACION, ejercida por el aquí recurrente de hecho, en fecha 08/05/2024, en contra del auto de fecha 06/05/2024. Y ASÍ SE DECIDE. SEG.....