Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara terminado el procedimiento, por abandono del trámite correspondiente a la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL seguida por la Dra YOLANDA HAJALE DE MOYA, en representación de la Empresa C. A HIDROLOGICA DEL CARIBE, contra decisión dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MENORES DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL.
Se impone a la parte accionante una multa de Cinco mil bolívares (Bs.5.000,00). El sancionado deberá acreditar el pago de la multa mediante la consignación en autos del comprobante correspondiente, dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación. Así se decide, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley.
Publíquese, regístrese, agréguese a los autos y déjese copia de esta decisión. Archívese el expediente.