Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero del Municipio Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por DAÑOS MATERIALES (TRÁNSITO) propuesta por el ciudadano JESUS RAFAEL DÍAZ, en contra del ciudadano JUAN MANUEL SALAZAR, todos identificados en autos, en consecuencia se ordena a la parte demandada ciudadano JUAN MANUEL SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.292.472, a pagar por concepto de DAÑOS MATERIALES la cantidad de DOS MILLONES CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL BOLÍVARES (Bs. 2.187.000,oo).