Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda de Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento intentada por el ciudadano René Guzmán en contra del ciudadano Pedro Vicente Zabala Gabani, en consecuencia ordena a la parte demandada entregar al demandante el inmueble constituido por un apartamento ubicado en la Avenida Municipal, Torre Pelícano, Piso 12, Apartamento 12-2, de la ciudad de Puerto la Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, libre de bienes y personas.-
Se suspende la medida de secuestro decretada por este Tribunal mediante auto de fecha 14 de abril del 2008 y practicada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Antonio Sotillo y Guanta del Estado Anzoátegui, .....