DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que en la demanda por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO E INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS, interpuesta por el ciudadano ETTORE PRANDINI CAMPANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8. 264. 059, a través de su apoderado judicial CESAR ROLANDO MANRIQUE SANCHEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 38. 916, contra la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES CIVILES Y PETROLERAS DE VENEZUELA S.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en fecha 05 de marzo de 1998, bajo el Nro. 38, Tomo A- 31, representada por su vicepresidente, OR.....