DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio, fundamentada en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente, formulada por los ciudadanos MARIELYS JOSEFINA RIVAS BORGES y JULIO CESAR HENRIQUEZ, cónyuges, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-14.828.405 y V- 10.989.950, respectivamente. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos, por ante la Prefectura de Pozuelo, del Municipio Juan Antonio Sotillo ,del Estado Anzoátegui, en fecha 21 de enero de 2003 , conforme consta de copia certificada de Acta de Matrimonio, asentada bajo el Nro. 10, acompaña.....