Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, ordena la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de Fijar la Audiencia de Sustanciación en la cual se ventilaran lo correspondiente tanto a la demanda principal como la demanda de reconvención. Asimismo este Tribunal acuerda fijar dicha audiencia por auto separado. Igualmente en virtud de la presente reposición queda modificada el auto de fecha 13 de Junio del 2016 y se deja sin efecto el auto de fecha 20 de Junio 2016 y por consiguiente la Audiencia realizada en fecha 07 de Julio del 2016. Cúmplase lo ordenado. Es todo-