D E C I S I O N
Por las consideraciones que anteceden, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio de Hecho, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por la ciudadana MARIA JOSEFINA GUEVARA MALAVE, en contra del ciudadano JESUS RAFAEL HERNANDEZ BELIZARIO, ambos plenamente identificados; y en consecuencia, se disuelve el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos antes mencionados, en fecha 26 de Diciembre de 1.986, por ante la Prefectura del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, cuya Acta de Matrimonio quedó asentada en el Libro Principal N° 04 de Registro Civil de Matrimonios, llevado por ante ese despacho durante el año 1.986, bajo el nro. 564, folios 27 y 28, según copia certificada de.....