Se dicto auto mediante el cual este Tribunal NEGÓ la admisión del Recurso de Casación anunciado en fecha 13 de Octubre del año 2008, por la apoderada judicial del demandante de autos ciudadano Kenny Rengel, abogada FRANSELA ACOSTA ROLDAN, en contra de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 16 de Septiembre del año 2008.