Por todas las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niño, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declarada: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercicio por la Abogada ODILIA MALAVE MATOS, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el N° 188.062, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ROSANA JOSEFINA NAVAS GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.498.793 y domiciliada en la Urbanización Marazuata, Calle Jabillos, Casa N° 21B, de la ciudad de Pariaguán, Municipio Francisco de Miranda, Estado Anzoátegui, contra la sentencia definitiva de fecha veinticinco (25) de Julio del año 2014, dictada por el Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de .....