Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Asumir el Poder Jurisdiccional en la presente causa seguida ciudadano: LUIS ALEJANDRO SALAZAR prescindiéndose de los Escabinos. SEGUNDO: Este Tribunal fija nueva oportunidad para la celebración del juicio oral y publico, al ciudadano LUIS ALEJANDRO SALAZAR, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 14.632.639, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 02/03/1981, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de oficio Pescador y vendedor de Perros calientes, hijo de JOSÉ ELIZABETH DE SALAZAR (V) y ARTURO RAFAEL SALAZAR (V), residenciado en calle El Esfuerzo, casa N° 29, Barcelona, Estado Anzoátegui. TERCERO: Fijar como fecha de celebración del juicio Oral para el día TREINTA Y UNO (31) de ENERO de 2006, a las.....