En consecuencia este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela. ACUERDA la medida preventiva solicitada, por lo que se insta a la solicitante a señalar los bienes sobre los cuales recaerá la medida aquí decretada.