Con base a las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando como Tribunal de alzada declara:
Primero: SIN LUGAR la Recusación propuesta por el abogado ISMAEL BARRERA GUERRERO, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil FRANA, C. A., contra la Jueza Provisoria Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de esta Circunscripción Judicial, ciudadana: ADAMAY PAYARES ROMERO, Y así se decide.-
Segundo: Se ORDENA, remitir el expediente al Juzgado de la causa, que por imperio del Artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial debe seguir conociendo de la presente causa, como lo dispone el presente fallo, e igualmente debe ese Juzgado notificar al Juzgado que esté conociendo la causa, a los fines de que proceda a remitirle el expediente.