Este Juzgado Superior Estadal Contencioso-Administrativo del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Improcedente la solicitud realizada por los Concejales Andrés Dietrich, Carmen Rondo, Tomas González, Emilio Mirabal, Nelsy Brito, y Oscar Navas, sin identificación, por carecer este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de esta Circunscripción Judicial de Jurisdicción, para conocer la solicitud de Consulta de Reincorporación de Cargo, del ciudadano Frank Díaz Mata, Y así se decide.-
SEGUNDO: Remítase al Archivo Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en su oportunidad legal correspondiente.