Por todas las consideraciones que anteceden, este Tribunal Primero Superior Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia dictada por el suprimido Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 13 de junio de 2001, la cual queda REVOCADA. Se declara SIN LUGAR la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos intentada por el ciudadano PEDRO RAFAEL FUENTES contra la empresa DSD COMPAÑÍA GENERAL DE INDUSTRIAS, C.A., ya identificados.