este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN al desistimiento ocurrido en los términos en que ha sido planteado por el ciudadano CARLOS JOSE RODRIGUEZ AGOSTINI, debidamente asistido de abogado, del presente procedimiento y de la acción, incoada contra la empresa TALLER LOS PINOS, C.A. (TALPIN, C.A); otorgándole a la misma LOS EFECTOS DE COSA JUZGADA y da por terminado el presente juicio. Ahora bien, conforme a la consignación efectuada por la sociedad accionada, a favor del ciudadano CARLOS RODRIGUEZ, con los instrumentos cambiarios identificados con los números M12489 15172542 y M12489 85272541, por un monto de (Bs. 6.315.466,oo) y (Bs.4.438.958,oo) respectivamente, librados contra la cuenta corriente número 0114 0527 44 5275000142. Respecto a la solicitud de la parte solicitante, relativo a la entrega de los instrumentos cambiarios el Tribunal acuerda y ordena que por secretaría se d.....