Este Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA SU INMEDIATA EJECUCION, conforme a lo dispuesto en los artículos 480 y 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal