Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Primero: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de la Tercería interpuesta por la ciudadana Luz Marina Gil Hernández, ya identificada. Segundo: SIN LUGAR el Interdicto Civil Restitutorio que intentaran los ciudadanos Eduardo López Pérez y María Victoria Del Valle Carmona de López contra el ciudadano Pedro Romero Velásquez, todos ya identificados. Y así se decide.