En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, REPONE el presente juicio contentivo de la demanda de Demanda de Cobro de Bolívares que ha incoado el ciudadano MIGUEL JOSÉ DI GERONIMO BUSTAMANTE, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Lechería, Estado Anzoátegui y titular de la cédula de identidad No. 10.292.159, a través de sus apoderados judiciales SALVADOR JESÚS PIMENTEL ROJAS y ARMANDO JOSÉ OROCOPEY SOLANO, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 106.497 y 71.180, respectivamente, en contra del ciudadano ENRIQUE JOSÉ GÓMEZ LUCIANI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.916.745. Así se.....