En merito de lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve; HOMOLOGAR el acuerdo celebrado entre los ciudadanos AMARILIS DEL VALLE GOLINDANO Y NELSON OMAR SILVA REYES, ampliamente identificados en autos, y en consecuencia se HOMOLOGA en los términos antes descritos. Y así se decide. Cúmplase.
El presente convenio entrara en vigencia a partir de la presente decisión; asimismo, esta Instancia advierte a las partes intervinientes en el presente caso, que el incumplimiento del acuerdo conciliatorio celebrado, acarreara la sanción dispuesta en el articulo 270 ejusdem, que establece: "Quien impida, entorpezca o incumpla la acción de una autoridad judicial, del Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente o del Fiscal del Ministerio Publico, en.....