Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de Ley, declara de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarle su condición de ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS del causante Carlos Luis Tovar Guarisma, a los ciudadanos Malvelia Josefina Guarisma De Tovar y Héctor Luis Tovar Rojas , supra identificados. Dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. Asimismo se acuerda expedir por secretaría Juego de copia certificada del presente expediente, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y siguiente, del Código de Procedimiento Civil. Igualmente devuélvase original a la parte solicitante y déjese nota en.....