Éste Tribunal considera procedente dicho pedimento en consecuencia, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil propuesta por los ciudadanos HECDOMAR JOSE PERFECTO e ISABEL MARIA VILLEGAS HURTADO, antes identificados. Y de consiguiente se disuelve el vínculo matrimonial existente entre ellos.