Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA la LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano FREDDY RAMÓN RODRÍGUEZ, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 11.944.166, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido el día 09-05-1972, de 33 años de edad, de estado civil Soltero, de oficio taxista, hijo de Desideria Rodríguez (V) padre desconocido, residenciado en la Calle Principal, casa S/N, Barrio Cruz Verde, Barcelona, Estado Anzoátegui, por aplicación de Medidas Cautelares Sustitutivas contenidas en el artículo 256, Ordinal 3° y 4, del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en: 1.- Presentación cada veinte (20) días, ante la Oficina del Alguacilazgo, . 2.- Prohibición de salir de la Jurisdicción del Tribunal, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS MENOS GRAVES, previsto y sancio.....