Por los razonamientos antes señalados, este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, ORDENA REMITIR la presente Comisión relacionada con el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, al Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, con sede en Maiquetía, a los fines que sea acumulada a la Causa Principal, seguida por ante ese Juzgado, al prenombrado ciudadano. Todo de conformidad con el artículo 646 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente. Cúmplase.