Con lo fundamentos los fundamentos anteriormente expuesto este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor Oriental, actuando en sede constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: Revoca la sentencia dictada por el Juzgado del Municipio Anaco de esta Circunscripción Judicial en fecha 28 de abril de 2008.
Segundo: La nulidad de todo lo actuado a partir del auto de admisión.
Tercero: Como consecuencia de la nulidad decretada, queda sin efecto el mandamiento de medida decretada.
Cuarto: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana Emma Guerra Cedeño, en su condición de Síndica Procuradora (E) del Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, en contra de la ciudadana Yurelis Del Valle Velásquez Tineo, Registradora Pública Subalterna del Municipio Anaco del Estado Anzoátegui.
Quinto: Notifíquese a las partes de esta decisión y envíese copia de la misma al Juz.....