En base a las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente señaladas este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: Se CONFIRMA la sentencia de fecha 12 de diciembre del 2011, dictada por el Juzgado de los Municipios Aragua de Barcelona, MC Gregor y Santa Ana de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, la cual declaró inadmisible la presente acción de amparo constitucional.
Segundo: Inadmisible la Acción de Amparo Constitucional Interpuesta por los ciudadanos Marbelis Cortez, Yesenia Carolina Ceballos, Kattiuska Díaz, Juan Carlos Quiroga, Carmen Jiménez, Rossalyn Alviarez, Ángelo Vivas, Orangel Méndez y Juan Franco Jiménez, asistidos en este acto por el Abogado Luis Ernesto Goubat, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 162.60.....