RESOLUCION
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta La inmediata libertad del imputado JHONNY ANTONIO SALAS PEÑALOZA, titular de la cédula de identidad N° 7.938.447, Venezolano, natural de Caracas, profesión u oficio Obrero, trabajo por el Mercado la Aduana de Barcelona, trabajo construcción, fecha de nacimiento 18-03-1971, de 34 años de edad, estado civil soltero, hijo de GREGORIA PEÑALOZA (V) y JESUS RAFAEL SALAS (v), residenciado en Barrio La Orquidea, Casa S/N, Calle Los Olivos, Barcelona, Estado Anzoátegui, en virtud de haberle acordado Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación de la Libertad, contenidas en los ordinales 3° Y 6° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. El procedimiento a aplicar es el Ordinario. Líbrese el correspondiente ofici.....