Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en función Control, Audiencia y Medidas Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA por remisión expresa del articulo 64 de la ley especial que rige la materia se acuerda la aplicación de: MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el articulo 256 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal a favor del JIMMY JOSE GUAINA GONZALEZ, por la comisión de los delitos de AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, tipificados en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica de Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, consistente en 1) presentación por ante la oficina de alguacilazo CUARENTA Y CINCO (45) DIAS. Así como la aplicación de las MEDIDAS DE PROTECCION y SEGURIDAD establecidos en los numerales 3°, 5 °, 6° y 13° del articulo 87 de la le.....