Existe constancia y evidencia en autos, del pago efectuado en la forma y monto convenido al identificado ciudadano mediante copia de cheques consignados precedentemente identificados, incorporados a los autos, en fecha 12 de Junio de 2015. Siendo así, este Tribunal con vista de la manifestación y consentimiento de las representaciones judiciales de las partes, en su orden, acuerda impartir la HOMOLOGACION AL ACUERDO ALCANZADO. Asimismo se acuerda expedir por secretaría dos (02) copias certificadas del escrito transaccional y del auto de homologación recaído.
Publíquese, déjese copia certificada. Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Anzoátegui, en El Tigre, a los QUINCE (15) días del mes de JUNIO del año DOS MIL QUINCE (2.015). Años: 205º de la Independencia y 156º de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIA
Abg. LISBETH HARRIS GARCIA
LA S.....