Por todas las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niño, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada en ejercicio EVA GONZALEZ, de este domicilio, inscrita en el IPSA bajo el N° 31.376, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ROSARIO DEL VALLE LOMONACO LEON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.264.247, contra la Sentencia Interlocutoria dictada en fecha 09 de marzo de 2018 por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, a cargo de la Juez SULEIMA PEREZ, en la cual se declaró INADMISIBLE la Demanda de.....