Por todo lo expuesto en la audiencia pública y oral de apelación, este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN ejercido por la Abogada BEATRIZ PADUA, en su carácter de defensor Público en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes adscrito a la Unidad de Defensa Pública del Estado Anzoátegui, extensión El Tigre, actuando en representación del niño Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) a requerimiento del ciudadano DOUGLAS MANUEL CASTRO, venezolano mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-11.658.507, domiciliado en la Urbanización José María Vargas II, Calle 03, Casa Nº 03.....