Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Ejecución Nº 01 de este Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA DECLARARSE COMPETENTE, para la ejecución de la medida de PRIVACION DE LIBERTAD por el plazo de SEIS (06) MESES, impuesta al ciudadano WILLIANS ISMAEL MARTINEZ DUARTE, por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, por el Tribunal de Ejecución Sección de Adolescente de este Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, así como la reformulación del computo de la ejecución de la pena de Trece (13) años de Prisión impuesta al nombrado ciudadano por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL previsto en el articulo 405 del Código Penal en agravio del occiso ELIOMAR JOSE RAMOS, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el articulo 277 del Código Penal en agravio del ORDEN PUBL.....