MOTIVA
Ahora bien, de las declaraciones rendidas por las ciudadanas: Rosa Odalys Brito Guevara, Roseli Del Valle Aguilera y Rosa Amelia Simoza de Castillo , plenamente identificados, quienes bajo juramento declararon por ante este Tribunal; consta que la solicitante construyó a sus propias y únicas expensas unas Bienhechurías construidas sobre una parcela de terreno Municipal ubicada en el callejón Betania, Nº 19, Las Delicias, Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, alinderadas por el NORTE: Con el Callejón Betania; SUR: Con el ciudadano: Néstor Villafranca; ESTE: Con el ciudadano: Edgar Bastardo; y OESTE: Con el ciudadano Emilio Millán, las bienhechurías constan de Tres (03) habitaciones, Una (01) Sala, Una (01) Cocina, Un (01) Baño, paredes de bloques de cemento y techo de zinc y por cuanto, se evidencia que las prenombradas bienhechurías se encuentran enclavadas en un lote de terreno propiedad municipal, según se evidencia en oficio N° 154/2018, de fecha 20-.....