Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, NIEGA la solicitud interpuesta por el abogado MARCO ANTONIO BARRETO, de tramitar y remitir el escrito contentivo de solicitud de nulidad absoluta dirigido a la Corte de Apelaciones de este mismo Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui. Notifíquese. Cúmplase.