IV
DECISIÓN
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Cuestión Previa prevista en el Ordinal 1° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, por LITISPENDENCIA opuesta por la parte demandada en el juicio de Nulidad de Contrato de Compra-Venta, intentado por ciudadana YAJAIRA JOSEFINA LUQUE, venezolana, mayor de edad, domiciliada en Barcelona, Estado Anzoátegui y titular de la cédula de identidad Nº V- 8.200.007, contra la ciudadana MIRNA DEL VALLE HERNANDEZ PEREIRA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 8.267.838. Así se decide.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara la LITISPENDENCIA de la presente causa signada con la nomenclatura BP02-V-2016-001756, p.....